Las diez preguntas que España se lleva de vacaciones

Amnistía, Presupuestos, causas judiciales, economía y Europa: un mapa para distinguir lo que está resuelto de lo que volverá en septiembre.
FUENTE: IMAGEN GENERADA POR IA

España llega a agosto con demasiados asuntos abiertos y demasiados relatos que los dan por cerrados. El Gobierno continúa, pero carece de una mayoría estable; la amnistía ha pasado por el Tribunal Constitucional y por Luxemburgo, aunque su aplicación más delicada sigue en manos de los tribunales españoles; las causas judiciales ya no caben bajo una sola etiqueta; la economía mantiene un pulso que contrasta con el deterioro político; y Bruselas entra en la recta final de los fondos extraordinarios que han acompañado a España desde la pandemia.

No faltan noticias. Falta un mapa.

Este no es un inventario de lo sucedido durante el semestre. Es un intento de separar lo que verdaderamente ha cambiado de aquello que apenas ha comenzado; lo que depende todavía de una sentencia de lo que seguirá siendo un problema político; y lo que parece una discusión agotada de aquello que volverá en septiembre con consecuencias nuevas.

1. ¿Puede el Gobierno terminar la legislatura?

Puede hacerlo, pero la continuidad del Gobierno ya no descansa sobre una mayoría parlamentaria reconocible, sino sobre la imposibilidad de sus adversarios y de sus socios de construir una alternativa común.

Las votaciones de julio ofrecen una imagen bastante precisa. El Ejecutivo consiguió evitar, por 178 votos frente a 170, que fueran devueltas las medidas sobre la asunción estatal de parte de la deuda autonómica. En esa misma sesión, sin embargo, perdió la votación de los objetivos de estabilidad necesarios para preparar los Presupuestos de 2027: obtuvo 166 votos favorables, 176 contrarios y cinco abstenciones. Los resultados oficiales del Congreso muestran que la mayoría que permite tramitar una ley puede desaparecer unas horas después ante una decisión presupuestaria.

Ésa es la naturaleza de la legislatura. El Gobierno puede reunir votos, pero no dispone de una coalición parlamentaria capaz de acompañarlo de manera estable. Cada iniciativa exige reconstruir desde cero una mayoría distinta entre partidos que discrepan sobre la política económica, la vivienda, la financiación autonómica, la inmigración o el futuro territorial de España.

Pedro Sánchez conserva una ventaja decisiva: quienes pueden bloquearle no comparten una estrategia para sustituirlo. Pero no ser capaz de derribar a un Gobierno no equivale a proporcionarle una mayoría para gobernar. La legislatura puede prolongarse precisamente porque está bloqueada.

2. ¿Se puede gobernar indefinidamente sin nuevos Presupuestos?

La prórroga presupuestaria está prevista para impedir que el Estado quede paralizado cuando las Cortes no aprueban unas cuentas nuevas. Su finalidad es asegurar la continuidad administrativa, no convertir unos Presupuestos antiguos en el programa económico permanente de gobiernos sucesivos.

España continúa funcionando sobre la prórroga de las cuentas de 2023. Entretanto, el Gobierno ha fracasado ya en la aprobación de la senda de estabilidad para 2027, primer paso de un nuevo proyecto presupuestario. El problema ha dejado de ser únicamente político: el Tribunal Constitucional admitió en febrero el conflicto promovido por el Senado por la falta de presentación de los Presupuestos de 2024, 2025 y 2026. Es la primera vez que estudia un conflicto entre órganos constitucionales basado en una omisión de esta naturaleza.

La Administración puede seguir pagando pensiones, salarios, deuda y servicios públicos. El Gobierno puede aprobar modificaciones de crédito, recurrir al decreto ley y adquirir compromisos con cargo a ejercicios posteriores. Lo que se deteriora es la función presupuestaria del Parlamento: la posibilidad de examinar de manera conjunta cuánto se recauda, en qué se gasta y qué prioridades políticas pretende financiar el Ejecutivo.

El debate no consiste, por tanto, en determinar si el Estado puede sobrevivir sin nuevas cuentas. Puede hacerlo. La cuestión es durante cuánto tiempo puede gobernarse así sin que una solución constitucional excepcional termine debilitando el principio de responsabilidad parlamentaria.

3. ¿Ha terminado el recorrido de la amnistía?

La ley ha superado sus dos impugnaciones generales más importantes, pero eso no significa que su aplicación haya concluido.

El Tribunal Constitucional fijó su doctrina en la sentencia 137/2025, que declaró la constitucionalidad esencial de la norma, aunque corrigió parte de su ámbito por razones de igualdad. Durante 2026 ha aplicado esa doctrina a otros recursos promovidos contra la ley.

El 16 de julio, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó dos sentencias sobre las cuestiones planteadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional. Luxemburgo concluyó que el Derecho de la Unión no se opone a la amnistía en las materias examinadas: la eventual malversación no presentaba la conexión exigida con los intereses financieros europeos y la Directiva antiterrorista no impedía amnistiar determinadas conductas que no hubieran causado intencionadamente graves violaciones de los derechos humanos. El comunicado oficial del TJUE delimita expresamente el control europeo a las normas concretas de la Unión afectadas.

Eso despeja una parte sustancial del camino, pero no sustituye la aplicación judicial de la ley. La amnistía no opera sobre conceptos políticos generales, sino sobre hechos, delitos y responsabilidades determinados. Cada tribunal debe decidir quién queda comprendido, qué exclusiones resultan aplicables y hasta dónde alcanza la extinción de responsabilidad.

La discusión que queda ya no es si España podía aprobar una amnistía, sino qué conductas cubre realmente la amnistía que aprobó. Ése será uno de los grandes asuntos judiciales del otoño.

4. ¿Puede regresar Carles Puigdemont?

Las sentencias europeas de julio no modifican por sí mismas su situación procesal.

El Tribunal Supremo decidió no aplicarle la amnistía por el delito de malversación al considerar que existe beneficio patrimonial cuando se utilizan fondos públicos para afrontar gastos que, de otro modo, habrían debido sufragarse con recursos particulares. El instructor mantuvo las órdenes nacionales de detención y la Sala de Apelación confirmó posteriormente esa interpretación.

El Tribunal Constitucional admitió a trámite los recursos de amparo de Puigdemont, Antoni Comín y Lluís Puig contra esas decisiones. El asunto decisivo sigue siendo, por tanto, si el Constitucional acepta el concepto de enriquecimiento utilizado por el Supremo o considera que restringe indebidamente la aplicación de la ley.

Luxemburgo ha respondido a las cuestiones que recibía de la Audiencia Nacional y del Tribunal de Cuentas. No ha resuelto la interpretación española de la excepción sobre el enriquecimiento ni ha levantado las órdenes de detención.

El regreso de Puigdemont sigue siendo políticamente imaginable, pero jurídicamente no es automático. Depende de una decisión que todavía debe producirse dentro del ordenamiento español.

5. ¿En qué punto están realmente las causas que rodean al PSOE y al presidente?

No se encuentran todas en la misma fase. Mezclarlas como si formaran una única macrocausa impide comprender tanto su importancia como sus límites.

En junio, el Tribunal Supremo condenó a José Luis Ábalos a más de 24 años de prisión y a Koldo García a 19 por organización criminal, cohecho, malversación y tráfico de influencias. La sentencia fue adoptada por unanimidad. La investigación sobre las adjudicaciones de obra pública relacionadas con Santos Cerdán continúa en una pieza diferente y ha recibido nuevas diligencias durante julio.

La situación de Begoña Gómez es distinta. La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado que continúe el procedimiento con jurado por presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación, pero ha sobreseído las imputaciones por corrupción en los negocios y apropiación indebida. Todavía debe completarse la fase procesal que conduce a la apertura del juicio oral.

David Sánchez, hermano del presidente, fue condenado en primera instancia a nueve años de inhabilitación por prevaricación administrativa en relación con su contratación en la Diputación de Badajoz. Fue absuelto del delito de tráfico de influencias y la sentencia puede recurrirse.

Ninguno de estos procedimientos acredita por sí mismo una responsabilidad penal de Pedro Sánchez. Su efecto político procede de otro lugar: de la acumulación de condenas, investigaciones y procedimientos alrededor de antiguos dirigentes del partido, colaboradores próximos y miembros de su familia. El problema para el Gobierno no es que todos los casos sean iguales, sino que cada vez resulta más difícil presentarlos todos como episodios inconexos.

6. ¿Por qué la economía resiste mejor que la política?

Porque la economía no reacciona al mismo ritmo que las instituciones y porque España conserva todavía varios motores de crecimiento.

El PIB aumentó un 2,7 % interanual durante el primer trimestre. La demanda nacional aportó más de tres puntos al crecimiento, mientras la contribución exterior fue negativa. Los datos de Contabilidad Nacional del INE muestran una economía sostenida fundamentalmente por el consumo y la inversión internos.

El mercado laboral ha vuelto a ofrecer cifras históricas. Según la EPA publicada el 28 de julio, España alcanzó los 22.779.000 ocupados en el segundo trimestre, 510.200 más que un año antes. El paro descendió hasta 2.495.300 personas y la tasa se situó en el 9,87 %.

El cuadro no está exento de debilidades. El Banco de España prevé que la economía mantenga un crecimiento sólido durante 2026, pero advierte de una inflación general y subyacente todavía elevada y de un contexto internacional especialmente incierto.

La fortaleza económica concede tiempo a la debilidad política. Mientras crezcan el empleo y la actividad, la inestabilidad parlamentaria puede parecer un fenómeno encerrado en Madrid. La verdadera prueba llegará cuando desaparezcan algunos de los impulsos extraordinarios que han sostenido la inversión pública y cuando el deterioro institucional empiece a encarecer decisiones que hasta ahora podían posponerse.

7. ¿Qué ocurre cuando terminan los fondos Next Generation?

El calendario ya no admite grandes aplazamientos. Los Estados deben completar antes del 31 de agosto de 2026 todos los hitos y objetivos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. La última solicitud de pago deberá presentarse antes del 30 de septiembre y la Comisión tendrá hasta el 31 de diciembre para efectuar los desembolsos finales. Así lo establece la guía de cierre publicada por la Comisión Europea.

Tras la aprobación del sexto desembolso, España habrá recibido más de 77.000 millones de euros, aproximadamente el 76 % de los fondos del mecanismo que tiene asignados. Ese último pago reconocido asciende a 7.021 millones y está vinculado al cumplimiento de 73 hitos y objetivos. Los datos figuran en la información oficial del Plan de Recuperación.

El final del mecanismo no significa que desaparezcan todas las inversiones europeas. Significa que termina el gran instrumento extraordinario que desde 2021 ha permitido financiar digitalización, energía, movilidad, industria, vivienda y modernización administrativa sin depender únicamente de los recursos presupuestarios ordinarios.

A partir de septiembre comenzará una evaluación más exigente. Ya no bastará con saber cuánto dinero se ha adjudicado o cuántas convocatorias se han publicado. Habrá que comprobar qué inversiones han mejorado la productividad, qué capacidades administrativas permanecerán y qué proyectos podrán sobrevivir sin una financiación excepcional.

8. ¿Está cambiando la Justicia sin que apenas se perciba?

Mientras la atención pública se concentraba en las causas políticas, España ha empezado a sustituir la estructura tradicional de juzgados unipersonales por tribunales de instancia.

La Ley Orgánica 1/2025 de eficiencia del Servicio Público de Justicia reorganiza los órganos judiciales, transforma los antiguos juzgados de paz en oficinas de justicia municipales y modifica el funcionamiento de las oficinas judiciales. El propósito es permitir una distribución más flexible de los asuntos y reducir la dependencia de cada procedimiento respecto de un único juzgado aislado.

En julio, el Gobierno aprobó la creación de 500 nuevas unidades judiciales y 200 plazas fiscales. Las unidades judiciales suponen un incremento del 8,5 % de la planta y se incorporarán gradualmente entre diciembre de 2026 y noviembre de 2027.

La reforma puede ser más importante a largo plazo que muchas de las sentencias que ocupan diariamente las portadas. Su éxito, sin embargo, dependerá de cuestiones menos visibles: sistemas informáticos compatibles, personal suficiente, criterios de reparto eficaces y coordinación entre el Estado y las comunidades con competencias transferidas.

Cambiar el nombre de los órganos es sencillo. Conseguir que una nueva organización reduzca los retrasos, homogeneice las cargas y mejore la experiencia del ciudadano será la verdadera medida de la reforma.

9. ¿Qué Europa comienza a aplicarse este verano?

La Unión está pasando de aprobar grandes normas a comprobar si puede ejecutarlas.

El Pacto sobre Migración y Asilo comenzó a aplicarse el 12 de junio. Introduce nuevas reglas sobre tramitación de solicitudes, procedimientos fronterizos, responsabilidad de los Estados y solidaridad con los países sometidos a mayor presión. El primer contingente anual de solidaridad contempla 21.000 reubicaciones o contribuciones económicas equivalentes a 420 millones de euros.

El 2 de agosto empiezan a aplicarse también las reglas de transparencia del Reglamento de Inteligencia Artificial. Los ciudadanos deberán poder identificar determinadas interacciones con sistemas de IA y ciertos contenidos generados o manipulados artificialmente. Ese mismo día entran en funcionamiento las facultades sancionadoras de la Comisión sobre los proveedores de modelos de propósito general.

La migración y la inteligencia artificial parecen materias alejadas, pero someten a Europa al mismo examen: si es capaz de convertir una legislación común en procedimientos coherentes dentro de veintisiete administraciones distintas.

Durante años la Unión ha medido su ambición por el número de reglamentos, pactos y estrategias aprobados. A partir de ahora empezará a ser juzgada por algo bastante menos solemne y mucho más difícil: si todo eso funciona.

10. ¿Qué crisis exterior puede alterar el escenario español?

La más inmediata continúa siendo la energía. La crisis de Oriente Próximo y las amenazas a la navegación por el estrecho de Ormuz han recordado hasta qué punto Europa sigue expuesta a cualquier interrupción de las rutas de suministro. La propia Unión ha señalado la necesidad de reducir su vulnerabilidad respecto de Ormuz mediante la diversificación de fuentes y rutas energéticas.

El Fondo Monetario Internacional advirtió en su actualización de julio de que la desinflación mundial se ha estancado y de que un nuevo deterioro en Oriente Próximo podría elevar los precios de las materias primas, alterar las cadenas de suministro y endurecer las condiciones financieras.

A esa incertidumbre se añaden la guerra de Ucrania, las tensiones comerciales y el aumento del gasto militar. El Gobierno sostiene que España ha consolidado en 2026 una inversión en defensa equivalente al 2 % del PIB, con un gasto nominal de 35.419 millones de euros. Es la cifra recogida en el informe presentado por La Moncloa antes de la cumbre de la OTAN.

La política española puede pasar agosto discutiendo sobre su mayoría parlamentaria. Su margen presupuestario y económico, sin embargo, dependerá también de decisiones tomadas en Bruselas, Washington, Moscú, Kiev y Oriente Próximo. Los acontecimientos internacionales no necesitan formar parte del debate nacional para alterar por completo sus condiciones.

Agosto no resolverá ninguna de estas preguntas. Lo que ofrece es algo más modesto y quizá más útil: tiempo para dejar de confundir cada novedad con un desenlace. España no se va de vacaciones con diez crisis recién nacidas, sino con diez procesos que llevan meses avanzando. Septiembre no los traerá. Simplemente volverá a ponerlos delante.

El corrupto que indultó la corrupción

El mismo Consejo de Ministros que presentó una nueva arquitectura contra la corrupción rebajó las penas de tres condenados por delitos cometidos desde el poder o contra los fondos públicos. La regeneración en una mano; la gracia en la otra.
FUENTE: EFE

En el vocabulario del Gobierno, la corrupción merece una ley; los condenados por ella, según el caso, una rebaja de pena. El Consejo de Ministros del martes quiso inaugurar una nueva era de integridad pública y terminó ofreciendo una definición bastante más sincera de su política moral: severidad para el fenómeno, indulgencia para determinados nombres propios. La corrupción abstracta será perseguida por una agencia independiente; la concreta, cuando ya ha sido investigada, probada y sentenciada, todavía puede encontrar la puerta discreta del indulto.

Sobre la misma mesa se aprobó el Proyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública, destinado a proteger a los denunciantes, reforzar las prohibiciones para contratar con la Administración, endurecer las sanciones y crear una Agencia Independiente de Integridad Pública. Sin abandonar la reunión ni cambiar de solemnidad, el Ejecutivo concedió cinco indultos parciales. Tres beneficiaron a personas condenadas por prevaricación, falsedad, malversación o delitos societarios relacionados con la utilización irregular de instituciones y fondos públicos. El Gobierno no necesitó contradecirse de una semana para otra. Le bastó con pasar de un punto al siguiente del orden del día.

Emiliano García-Page deshizo toda la escenografía con una pregunta: «Con la que está cayendo con la corrupción, ¿se gana credibilidad indultando a gente condenada por corrupción?». No hace falta compartir todas las posiciones del presidente de Castilla-La Mancha para reconocer que pocas veces una contradicción política ha quedado mejor encerrada en una frase. Un Gobierno puede ejercer legalmente el derecho de gracia y, al hacerlo, desacreditar políticamente su cruzada regeneradora. Puede respetar la letra de la ley mientras destruye la autoridad moral con la que pretende aplicarla.

La golfada no consiste, por tanto, en que el Consejo de Ministros carezca de competencia para indultar. Consiste en utilizar esa competencia mientras se presenta ante el país como fundador de una nueva cultura de integridad; en redactar el código contra la corrupción con una mano y reducir sus consecuencias con la otra; en proclamar que nadie está por encima de las normas y recordar, acto seguido, que algunos todavía pueden quedar por debajo de sus penas.

La gracia y la coartada

El indulto forma parte del ordenamiento constitucional español y continúa regulado por una ley aprobada en 1870. No declara inocente al condenado ni revisa los hechos establecidos en la sentencia. Permite al Gobierno decidir que una parte de la pena impuesta por los tribunales no debe cumplirse.

Esa facultad puede resultar razonable ante una enfermedad grave, una evolución personal extraordinaria o una pena manifiestamente desproporcionada. Pero precisamente porque constituye una excepción al cumplimiento ordinario de las sentencias, su legitimidad no puede agotarse en la existencia formal de la competencia. Cuanto más discrecional es el poder, más rigurosa debe ser la explicación de su ejercicio. El Tribunal Supremo lo recordó cuando anuló en 2013 el indulto concedido al conductor kamikaze por no haberse expuesto suficientemente las razones de justicia, equidad o utilidad pública que justificaban la medida.

En el caso de Laura Borràs, el Real Decreto 670/2026 conmuta los cuatro años, seis meses y un día de prisión por una pena de dos años, suficiente para evitar su ingreso en la cárcel. Se mantienen la multa y las inhabilitaciones, que suman trece años y un día. El decreto invoca razones de justicia y equidad, pero no desarrolla con verdadera densidad por qué esas razones deben prevalecer en un delito cometido mediante la manipulación de procedimientos administrativos.

Borràs no fue condenada por defender la independencia de Cataluña ni por su participación en el proceso separatista. El Tribunal Supremo confirmó su condena por prevaricación administrativa y falsedad documental al fraccionar contratos y prescindir de los procedimientos de libre concurrencia para adjudicar a un conocido trabajos relacionados con la web de la Institució de les Lletres Catalanes. Las contrataciones alcanzaron los 335.000 euros. No se juzgó una causa política, sino una forma patrimonial de administrar una institución pública.

Existe un argumento relevante en favor de la medida: el propio Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que condenó a Borràs, propuso el indulto parcial al considerar excesiva la pena resultante de la acumulación de los delitos y pidió reducirla a un máximo de dos años. Pero esa propuesta no convertía el indulto en una obligación. La decisión seguía perteneciendo al Gobierno y, con ella, la responsabilidad de valorar qué mensaje transmitía la clemencia concedida a una antigua presidenta del Parlament vinculada a una formación decisiva para la estabilidad parlamentaria.

No hace falta afirmar la existencia de un pacto oculto para comprender el deterioro que produce la apariencia. La legalidad explica que el Gobierno pudiera indultar; no demuestra que debiera hacerlo. Y menos aún que pudiera presentar la decisión como «útil» para la normalización política de Cataluña. Si la pena era desproporcionada, el indulto debía defenderse por razones de justicia penal. Si responde a la normalización territorial, una condena por corrupción administrativa acaba convertida en moneda de una política de apaciguamiento.

La operación consiste en ensanchar el contexto hasta borrar los hechos. La adjudicación irregular se disuelve en el conflicto catalán; la condenada deja de responder por su conducta y comienza a aparecer como una pieza de la reconciliación. Cuando la corrupción no puede defenderse, se le cambia el nombre.

Tres expedientes, una misma señal

El caso Borràs concentra la carga política, pero no agota el significado de aquel Consejo de Ministros. El Ejecutivo concedió también el indulto parcial a Natalio Grueso, condenado a ocho años de prisión por malversación, falsedad documental y delito societario durante su gestión relacionada con el Centro Niemeyer. El Real Decreto 666/2026 perdona las penas de prisión pendientes por razones humanitarias vinculadas a su estado de salud, pero mantiene los demás pronunciamientos.

También redujo de tres a dos años la pena del exalcalde socialista de Linares Juan Fernández Gutiérrez, condenado por malversación, aunque conservó sus siete años de inhabilitación. La petición disponía del respaldo del tribunal sentenciador, del Ayuntamiento, de los grupos municipales del PSOE y del PP y de una iniciativa vecinal.

No todos los expedientes son iguales. Equiparar un indulto humanitario con la decisión políticamente comprometida de Borràs sería tan poco riguroso como fingir que el conjunto carece de significado. Las circunstancias particulares pueden ser distintas y, sin embargo, proyectar una misma señal: el día elegido para endurecer el discurso contra la corrupción fue también el día escogido para reducir o extinguir la prisión de tres condenados por utilizar indebidamente funciones, instituciones o recursos públicos.

La corrupción posee una gravedad específica porque no consiste sólo en infringir una norma. Quien malversa, prevarica o falsea un procedimiento administrativo utiliza una potestad que le había sido confiada en nombre de todos para servir un interés particular. Cuando el Gobierno interviene después para aliviar la pena, el poder aparece en los dos extremos del recorrido: primero fue utilizado indebidamente por el condenado; después vuelve a utilizarse, ahora discrecionalmente, para reducir las consecuencias de aquel abuso.

La institución dañada se convierte así en dispensadora de clemencia para quien la dañó.

La integridad que no se legisla

La contradicción se vuelve más evidente al examinar la norma presentada ese mismo martes. El proyecto pretende actuar sobre todo el ciclo de la corrupción: proteger a los informantes, reforzar la transparencia de los partidos, limitar determinadas formas de financiación, endurecer las prohibiciones para contratar y reunir en una agencia independiente funciones de análisis, investigación, sanción y prevención.

Son medidas que pueden resultar útiles. Pero la integridad pública no nace de una agencia ni se incorpora al Estado mediante un nuevo organigrama. Consiste, antes que nada, en la disposición del poder a aceptar las consecuencias de sus propias reglas cuando alcanzan a personas influyentes, próximas o políticamente necesarias.

Una agencia puede detectar la corrupción. Un informante puede revelarla. Una auditoría puede documentarla y un tribunal puede condenarla. Sólo el Gobierno puede decidir, al final de ese recorrido, que la pena merece ser rebajada. Ahí se encuentra la prueba que ninguna ley puede superar por él.

El proyecto aspira a combatir la corrupción durante todo su ciclo, pero el Consejo de Ministros se reservó una excepción para la última fase: cuando los hechos ya han sido descubiertos, las pruebas examinadas y las condenas confirmadas. Hasta entonces, firmeza. Después, circunstancias personales, humanidad y equidad. La severidad sirve para redactar las normas; la indulgencia comienza al aplicarlas.

García-Page llamó «agosticidad» al momento elegido. No puede demostrarse que el último Consejo antes del parón estival pretendiera ocultar los indultos, pero los gobiernos también hablan mediante las fechas. Las decisiones aprobadas cuando disminuye la atención pública aspiran, al menos, a pagar un precio menor.

El problema principal, sin embargo, no es agosto, sino la secuencia. Un Gobierno acosado por una crisis de credibilidad vinculada a la corrupción responde con una gran ley de integridad y acompaña su presentación con varios indultos a condenados por delitos contra la Administración y el patrimonio público. Administrativamente, ambos asuntos pueden separarse. Políticamente, contemplar por separado lo que el Gobierno decidió hacer junto constituye una forma de engaño.

La credibilidad no se promulga. Tampoco se crea una cultura de integridad mediante campañas institucionales mientras la práctica del poder transmite la lección contraria. El ciudadano no juzga únicamente la legalidad aislada de cada acuerdo, sino la coherencia que aparece al reunirlos. Y lo que aparece esta vez es un Gobierno que endurece el lenguaje a medida que ablanda las consecuencias.

Ésa es la verdadera golfada del martes: no la ilegalidad, porque el Ejecutivo actuó dentro de una prerrogativa reconocida por el ordenamiento, sino la obscenidad de proclamar una cruzada moral mientras se firman sus excepciones; de prometer que se cerrarán todas las puertas y conservar la llave de la salida lateral.

Una democracia no demuestra su compromiso contra la corrupción por el número de agencias que crea, sino por los privilegios a los que el poder está dispuesto a renunciar. El martes, el Consejo de Ministros redactó solemnemente el código de conducta con la misma pluma con la que firmaba el perdón.

Defender la soberanía de Ceuta y Melilla es defender España y Europa

La crisis estalla después del acercamiento de Sánchez a Argelia y revela un Mediterráneo en el que Marruecos utiliza la presión fronteriza, Italia protege sus intereses energéticos y Estados Unidos e Israel se alinean con Rabat.
FUENTE: EFE

El asalto no lo protagonizan quienes atraviesan la frontera o se lanzan al mar, sino el Estado que los utiliza para someter a Ceuta a una prueba de resistencia. Ese es el punto de partida necesario para comprender una crisis que se produce apenas unos días después de la visita oficial de Pedro Sánchez a Argelia, destinada a recuperar las relaciones comerciales, reforzar la cooperación energética y abrir una nueva etapa bilateral.

Tampoco puede ignorarse que la propuesta de restringir Schengen procede de Italia, un país al que llegaron por mar 66.316 personas durante 2025 —casi el 90% procedentes de Libia— sin que Europa respondiera aislando a los italianos: ante la presión sobre Lampedusa, la Comisión activó un plan de apoyo con Frontex, traslados y refuerzo de los retornos. Italia exige ahora para España lo que nunca aceptó para sí, mientras mantiene con Argelia una relación energética estratégica y aspira expresamente a convertirse en la puerta de entrada del gas africano hacia Europa.

Somos europeístas convencidos. Ningún país europeo tiene futuro fuera de la UE. Por ello, nos resulta especialmente doloroso escuchar en las últimas horas las peticiones de varios ministros europeos de establecer excepciones transitorias al acuerdo Schengen para los ciudadanos procedentes de España. Es la consecuencia para España de no saber abordar correctamente lo que es en toda regla una invasión que ha sido promovida internamente en Marruecos desde hace semanas y, muy especialmente, tras la sentencia del Tribunal Supremo en la que se impide la devolución inmediata de las personas que entran a nado.

Creemos en España y sabemos que lo que hemos hecho en el pasado reciente lo podemos volver a hacer. Pero con la situación provocada por la debilidad extrema del gobierno de Sánchez, no estamos en condiciones de criticar la postura de diferentes gobiernos europeos porque también pediríamos la suspensión del espacio Schengen si otro país de la Unión tuviera el mismo comportamiento que está teniendo Sánchez. Sentimos decir esto porque los españoles no nos lo merecemos. Soportamos esa mezcla extraña de soberbia y de banalidad, de atrevimiento y cobardía, de pusilanimidad y resistencia, de irresponsabilidad y de fanfarronería que recordaremos en un futuro como una pesadilla.

Como mucho, estamos en condiciones de hacer ver a la sociedad española y a las instituciones europeas que defender la soberanía de Ceuta y Melilla, hoy gravemente comprometida, es defender España y Europa. Por eso no hay que vacilar ni un segundo en aceptar la ayuda del comisario europeo de Interior en forma de agentes de Frontex.

El presidente Sánchez, por necesidad personal, claudica en absolutamente todo frente a Marruecos. Sería una broma o simplemente un error político si las consecuencias no fueran dramáticas. Lo que está sucediendo en Ceuta sería para que cualquier gobierno dimitiera. No tenemos fronteras. Las imágenes de televisión son dramáticas. Nuestros compatriotas ceutíes y melillenses sufren una ocupación sin herramientas ni equipamientos. Mientras tanto, Sánchez ofrece unas explicaciones vagas, redundantes, poco concretas, y se conforma con reforzar mínimamente al Ejército y la Policía para restablecer el orden en Ceuta e intentar que no se agrave la situación en Melilla.

Esta grave agresión a nuestras fronteras nos coge sin amigos. No es posible llamar a EE. UU o Israel, únicos países capaces de influir en el reino alauita y nuestros socios comunitarios desconfían de una política personalista sin rumbo ni dirección que ha sustituido la gestión por la propaganda, la razón por la iluminación, la discusión por la obediencia, las ideas por la fe.

Estados Unidos e Israel no sólo no están dispuestos a ayudarnos: son hoy los dos grandes aliados internacionales de Marruecos. Washington reconoció en 2020 la soberanía marroquí sobre el Sáhara Occidental e Israel hizo lo mismo en 2023, dentro de una relación diplomática, militar y de inteligencia cada vez más estrecha con Rabat. Horas después del inicio del asalto, Israel felicitaba a Mohamed VI por sus veintisiete años al frente de una monarquía de poder prácticamente absoluto, mientras la Casa Blanca atribuía la crisis a las «políticas globalistas de extrema izquierda» del Gobierno español.

¿Qué tiene que ver una disputa ideológica interna con la decisión de Marruecos de dejar de controlar su frontera? Nada, salvo la voluntad de Washington de ajustar cuentas con Sánchez sin incomodar a su aliado marroquí. España proclama autonomía estratégica, pero afronta una agresión territorial con Estados Unidos culpando a Madrid, Israel celebrando al monarca que puede detenerla y ambos respaldando las principales aspiraciones territoriales de Rabat. No estamos simplemente solos: otros poderes intervienen sobre nuestro margen de decisión y han elegido de antemano a qué país apoyar.

Cuando un país olvida a Miguel Ángel Blanco

El documental de Jon Sistiaga parte de una constatación inquietante: muchos jóvenes apenas saben quién fue Miguel Ángel Blanco. No es un problema de nostalgia ni de memoria sentimental. Es una señal de que una parte de la historia reciente de España empieza a desaparecer precisamente cuando quienes fueron el brazo político del terrorismo han alcanzado una normalidad institucional impensable hace apenas dos décadas.
FUENTE: EFE

Hay olvidos que son inevitables. El paso del tiempo difumina nombres, rostros y acontecimientos que dejan de formar parte de la experiencia cotidiana de una sociedad. Ningún país puede vivir instalado permanentemente en su pasado ni convertir cada aniversario en una ceremonia obligatoria. Pero existe otra forma de olvido mucho más preocupante: aquella que afecta a los hechos que explican por qué una democracia es hoy como es. Cuando desaparece esa memoria compartida, no sólo se pierden unos nombres propios; también empieza a desdibujarse el significado de las libertades que costó tanto defender.

Ése es el punto de partida del documental Miguel Ángel Blanco: las 48 horas que lo cambiaron todo, dirigido por Jon Sistiaga. El periodista ha explicado que decidió reconstruir aquellos días porque comprobó que muchos jóvenes apenas conocen quién fue aquel concejal de Ermua o por qué su secuestro y asesinato marcaron un antes y un después en la historia reciente de España. La constatación resulta mucho más inquietante que el propio aniversario. No habla únicamente del paso del tiempo. Habla de la manera en que una sociedad decide qué episodios conserva en su memoria colectiva y cuáles deja desaparecer.

Mucho más que un asesinato

El asesinato de Miguel Ángel Blanco nunca fue únicamente un crimen más de ETA. La organización terrorista había matado durante décadas a militares, policías, jueces, empresarios, concejales y ciudadanos anónimos. Sin embargo, aquellas cuarenta y ocho horas de julio de 1997 produjeron una reacción distinta. Millones de españoles comprendieron que el terrorismo ya no amenazaba sólo a quienes ocupaban determinados cargos o vivían en el País Vasco. La amenaza alcanzaba directamente a la democracia española y a cualquier ciudadano que creyera en ella.

El llamado Espíritu de Ermua no surgió porque ETA asesinara por primera vez. Surgió porque una parte muy importante de la sociedad decidió que el miedo dejara de marcar los límites de la convivencia. Aquel movimiento cívico rompió inercias que parecían inamovibles y demostró que el terrorismo podía ser derrotado también desde la movilización democrática. No fue el final de ETA, pero sí el comienzo del final de la legitimidad social que todavía conservaba en algunos sectores del nacionalismo radical.

Precisamente por eso sorprende que ese episodio ocupe hoy un espacio cada vez más reducido en el conocimiento de quienes no lo vivieron.

La memoria también es una institución

Las democracias no se sostienen únicamente sobre constituciones, parlamentos o tribunales. También necesitan una memoria compartida que permita comprender por qué determinadas reglas existen y qué precio hubo que pagar para consolidarlas. Cuando esa memoria desaparece, las instituciones siguen funcionando, pero pierden parte de su sentido.

España ha dedicado en los últimos años enormes esfuerzos a recuperar determinados capítulos de su historia, algo perfectamente legítimo en una democracia que reflexiona sobre su pasado. Sin embargo, esa misma intensidad no siempre se ha aplicado a la hora de preservar la memoria del terrorismo que condicionó la vida pública durante más de cuarenta años. El resultado empieza a ser visible: una generación que conoce con detalle episodios ocurridos hace casi un siglo, pero que apenas identifica el nombre de un concejal asesinado hace menos de treinta años.

No se trata de establecer una competición entre memorias. Se trata de preguntarse por qué algunos acontecimientos permanecen constantemente presentes en el debate público mientras otros parecen desvanecerse con una rapidez llamativa.

Cuando el pasado deja de incomodar

Ese olvido nunca es completamente neutro. La política también se beneficia, en ocasiones, de las lagunas de la memoria colectiva. Bildu forma hoy parte de la mayoría parlamentaria que sostiene al Gobierno y participa con absoluta normalidad en la negociación de algunas de las decisiones más importantes de la legislatura. Ésa es una realidad política que cada ciudadano valorará conforme a sus convicciones, pero resulta difícil ignorar que esa normalización se produce al mismo tiempo que disminuye el conocimiento social sobre lo que significó ETA.

No se trata de atribuir responsabilidades hereditarias ni de negar la evolución política de nadie. Una democracia debe ser capaz de integrar a quienes abandonan definitivamente la violencia y aceptan las reglas del Estado de Derecho. Lo que no debería hacer nunca es construir esa integración sobre la desmemoria. Porque una cosa es pasar página y otra muy distinta arrancarla del libro.

Cuando las nuevas generaciones dejan de saber quién fue Miguel Ángel Blanco, también resulta más sencillo contemplar el presente como si estuviera completamente desligado del pasado. Y esa desconexión acaba favoreciendo una lectura incompleta de nuestra propia democracia.

Lo que realmente nos recuerda Sistiaga

Quizá el mayor acierto del documental de Jon Sistiaga no sea reconstruir minuto a minuto aquellas cuarenta y ocho horas. Lo verdaderamente importante es la pregunta que deja flotando al terminar: ¿cómo es posible que uno de los acontecimientos que más transformó la historia reciente de España haya dejado de formar parte del conocimiento básico de tantos jóvenes?

Ésa debería ser la discusión. No por nostalgia, ni por revancha, ni para utilizar a las víctimas como argumento partidista. Sencillamente porque las democracias necesitan recordar aquello que puso en riesgo su propia existencia. La memoria no sirve para alimentar el resentimiento, sino para impedir que la banalización termine sustituyendo a la verdad.

Un país puede permitirse olvidar muchas cosas. Lo que no debería olvidar nunca es por qué hubo un tiempo en el que defender la libertad podía costar la vida. Porque cuando una democracia deja de recordar a quienes murieron por ella, empieza también a olvidar las razones por las que merece ser defendida.

Europa no salva la amnistía

Durante dos años el Gobierno intentó convencer a los españoles de que la amnistía era una política de Estado. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea demuestra algo mucho más incómodo: Europa no ha querido asumir la responsabilidad de legitimar una ley que nació para garantizar una investidura. Porque la amnistía nunca fue un problema europeo.
FUENTE: EFE

La política democrática descansa sobre una regla elemental: las leyes sirven al interés general y no al interés particular de quienes las aprueban. Cuando esa frontera se desdibuja, el Derecho deja de actuar como límite del poder y comienza a convertirse en un instrumento a su servicio. Ese fue siempre el verdadero debate sobre la ley de amnistía y ese continúa siendo después del pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Todo lo demás —las celebraciones oficiales, los titulares precipitados y la propaganda de unos y otros— pertenece al ruido de una política que hace tiempo sustituyó la explicación de sus decisiones por la fabricación de relatos que las justifiquen.

Durante los últimos dos años, el Gobierno construyó una narración cuidadosamente elaborada. La amnistía era presentada como una exigencia de convivencia, el último paso para normalizar la situación política en Cataluña y una decisión de Estado cuya legitimidad terminaría siendo confirmada por Europa. El independentismo añadió su propia versión: Luxemburgo acabaría corrigiendo a unos jueces españoles descritos como el último obstáculo para la plena eficacia de la ley. Parte de la oposición, por su lado, depositó en las instituciones europeas una esperanza inversa, confiando en que un tribunal supranacional hiciera aquello que las instituciones españolas no habían podido o no habían querido impedir.

Todos esperaban que Europa resolviera un problema que nunca fue europeo. Y precisamente ahí se encuentra la principal enseñanza de la sentencia. El Tribunal se pronuncia sobre aquello que pertenece a su competencia, delimita el alcance del Derecho de la Unión y evita asumir una responsabilidad que corresponde exclusivamente a España. No le compete decidir si un presidente del Gobierno puede negociar su investidura mediante una ley reclamada por quienes iban a beneficiarse de ella. Tampoco le corresponde determinar si esa operación respondió realmente a un interés general sobrevenido o a una necesidad parlamentaria inmediata. Luxemburgo puede pronunciarse sobre directivas, principios comunitarios e intereses financieros de la Unión. No puede transformar una transacción política en una política de Estado.

Un aval que deja intacto el verdadero problema

El Gobierno se apresuró a presentar la resolución como una consagración europea de la amnistía. La sentencia, sin embargo, dice bastante menos de lo que pretende el relato oficial. El Tribunal no afirma que la ley fortalezca el sistema constitucional español, ni que la intervención directa de sus beneficiarios en la negociación resulte irrelevante desde el punto de vista institucional. No resuelve si el principio de igualdad entre los españoles ha quedado preservado en toda su dimensión constitucional, ni entra en la legitimidad política de modificar las consecuencias jurídicas de unos hechos para obtener los votos de quienes los protagonizaron.

En materia de malversación, el razonamiento europeo se circunscribe a una cuestión concreta: si los hechos analizados presentaban un vínculo suficientemente directo con los intereses financieros de la Unión. La conclusión es negativa porque los recursos empleados eran fondos públicos españoles y no dinero procedente del presupuesto comunitario. El TJUE no declara que no hubiera malversación, no convierte en jurídicamente inocuo el empleo de recursos públicos para financiar el proceso separatista ni borra las responsabilidades que puedan derivarse en el ámbito interno. Se limita a sostener que esa conducta, en los términos planteados, no afectó a los intereses financieros europeos.

La diferencia es decisiva. Decir que unos hechos no perjudican directamente al presupuesto de la Unión no equivale a afirmar que no hayan perjudicado al patrimonio público español. Sin embargo, la propaganda gubernamental necesita confundir ambas cosas para presentar una delimitación competencial como una absolución política. Societat Civil Catalana ha llamado acertadamente la atención sobre este extremo: Luxemburgo no niega la posible existencia de malversación, sino únicamente su conexión directa con los recursos financieros de la Unión. La responsabilidad contable interna y el examen del destino de los fondos continúan perteneciendo a los órganos españoles.

La sentencia preserva, además, la capacidad de los jueces para aplicar la amnistía a cada supuesto concreto. La ley no produce por sí sola una extinción automática e indiferenciada de cualquier responsabilidad. Son los órganos jurisdiccionales quienes deben identificar los hechos, comprobar que concurren las condiciones establecidas por el legislador y determinar si opera alguna de las exclusiones previstas. También se impide que los plazos extraordinariamente breves fijados por la ley vacíen de contenido el mecanismo de la cuestión prejudicial o obliguen a cerrar procedimientos antes de que el Tribunal europeo haya podido responder. El legislador puede ordenar urgencia; no puede convertirla en un método para hacer inútil el control jurisdiccional.

La resolución tampoco modifica la situación de Carles Puigdemont. El Tribunal Supremo no se ha negado a aplicar la ley de amnistía, como repiten el Gobierno y el independentismo, sino que la ha interpretado. La discusión se concentra en la excepción relativa al enriquecimiento patrimonial en los delitos de malversación. Conforme a su doctrina, anterior a esta ley, quien utiliza dinero público para financiar una actividad que de otro modo habría debido sufragar con su propio patrimonio obtiene un beneficio económico, aunque no reciba materialmente ese dinero en una cuenta personal.

Puede discreparse de esa interpretación. Algunos juristas consideran que extiende excesivamente el concepto de enriquecimiento y que la ley quiso reservar la exclusión para supuestos de apropiación directa. Pero una discrepancia jurídica no autoriza a describir al Supremo como un poder insumiso ni permite afirmar que haya inventado una doctrina para impedir el regreso de Puigdemont. La interpretación ya existía y es sobre ella sobre la que se está aplicando la norma. El TJUE no la corrige porque la cuestión sometida a su consideración era otra. La situación procesal del expresidente catalán dependerá de las decisiones que adopten el Supremo y, en su caso, el Tribunal Constitucional. Luxemburgo no le ha expedido ningún pasaporte de regreso.

Más discutible resulta el razonamiento sobre los delitos de terrorismo. La sentencia merece respeto institucional, pero ese respeto no exige silenciar la baja calidad jurídica de algunos de sus argumentos. El Tribunal acepta que puedan ser amnistiados actos comprendidos en la normativa europea sobre terrorismo cuando no hayan causado intencionadamente graves violaciones de los derechos humanos. De este modo, el resultado producido se convierte en la frontera que separa el terrorismo amnistiable del que no puede serlo.

El problema es que el delito de terrorismo no se define esencialmente por el resultado final, sino por la naturaleza de los medios empleados y por la finalidad perseguida: intimidar gravemente a la población, obligar a los poderes públicos o alterar las estructuras constitucionales de un Estado. El resultado puede aumentar la gravedad de la conducta y modificar la pena, pero no transforma por sí mismo la naturaleza del delito. Cuando la ausencia de una grave violación efectiva de derechos humanos sirve para hacer amnistiable una conducta terrorista, se construye una categoría orientada menos a explicar coherentemente el tipo penal que a permitir la solución previamente buscada por la ley. Es una argumentación jurídica a favor de obra.

La Directiva europea exige que los Estados tipifiquen y castiguen esas conductas mediante sanciones eficaces, proporcionadas y disuasorias. El Tribunal reconoce que una amnistía limita la aplicación de esas sanciones, pero concluye que la Directiva no prohíbe expresamente los mecanismos nacionales de extinción de la responsabilidad penal y que, por tanto, no excluye la utilización de la amnistía. El silencio de la norma europea termina operando como autorización, mientras que la finalidad de reconciliación proclamada por el propio legislador español se acepta como justificación suficiente para el trato excepcional.

Algo semejante sucede con el principio de igualdad. El Tribunal considera que los delitos cometidos en el contexto del proceso independentista catalán no son comparables con hechos similares producidos en otros contextos porque la ley persigue específicamente la reconciliación de aquel conflicto. El razonamiento resulta circular: la finalidad particular de la ley justifica la diferencia de trato creada por esa misma ley. La singularidad política elegida por el legislador se convierte así en el argumento jurídico que permite excepcionar la aplicación general de las normas.

La cuestión que Luxemburgo no podía resolver

El centro del debate sigue siendo la naturaleza política de la amnistía. Puede discutirse la exactitud técnica del concepto de autoamnistía, pero difícilmente puede negarse la realidad que pretende describir. La ley fue negociada con quienes iban a resultar directamente beneficiados por ella y aprobada porque sus votos eran indispensables para la investidura. Aquello que el Partido Socialista había considerado incompatible con la Constitución antes de las elecciones pasó a ser presentado, apenas unos meses después, como una exigencia de convivencia democrática.

No fue una evolución doctrinal producida por una reflexión institucional prolongada. Fue una mutación política provocada por una aritmética parlamentaria. La necesidad de obtener siete votos transformó lo que hasta entonces se consideraba jurídicamente imposible en una política de Estado supuestamente imprescindible. Ninguna resolución europea puede borrar esa secuencia porque no pertenece al terreno del Derecho de la Unión. Pertenece al juicio político sobre el ejercicio del poder.

Tampoco puede olvidarse la naturaleza del conflicto que la amnistía pretende clausurar. En Cataluña no se produjo una mera discrepancia entre dos proyectos legítimos que buscaron una solución mediante los procedimientos constitucionales. Hubo un pronunciamiento de hechura decimonónica que utilizó las instituciones autonómicas, desobedeció las resoluciones judiciales y trató de segregar ilegalmente una parte del territorio nacional. No fue un proceso pacífico en el sentido institucional del término, aunque no alcanzara los niveles de violencia de otros conflictos históricos. Hubo coacción, intimidación, desobediencia organizada y utilización partidista de las estructuras públicas.

Convertir todo aquello en un conflicto entre sensibilidades equivalentes permite presentar la amnistía como reconciliación. Pero reconciliar no consiste en declarar retrospectivamente que la ruptura del orden constitucional fue sólo una manifestación política incomprendida. Una democracia puede aprobar una amnistía; lo que no debería hacer es falsear el significado de los hechos para justificarla.

Éste es el terreno en el que el TJUE se lava las manos, no necesariamente por cobardía, sino porque carece de competencia para entrar en él. Su prudencia jurisdiccional contrasta con la desmesura con la que la política española ha intentado utilizarlo. El Gobierno necesitaba un certificado europeo que disolviera el origen parlamentario de la ley. El independentismo esperaba una desautorización completa de los jueces nacionales. La oposición confiaba en que Europa reparase lo que no había podido frenar en España. Luxemburgo no satisface plenamente a ninguno porque el conflicto esencial no estaba en los Tratados.

La lección que España se resiste a aprender

Existe desde hace años una tendencia española a tratar Europa como un poder tutelar llamado a resolver nuestras crisis institucionales. Ocurrió con Estrasburgo y la doctrina Parot. Ocurre ahora con Luxemburgo y la amnistía. Cada vez que las instituciones nacionales afrontan un conflicto de gran trascendencia aparece la expectativa de que una jurisdicción europea dicte la solución definitiva y nos dispense de asumir nuestra propia responsabilidad.

Es una forma provinciana de entender Europa. La Unión no es una instancia superior encargada de corregir todas las debilidades constitucionales de sus miembros. Es una comunidad jurídica y política de competencias atribuidas, construida sobre los equilibrios que alcanzan los propios poderes nacionales. Puede disciplinar el ejercicio de determinadas competencias, garantizar la primacía del Derecho común y proteger los intereses de la Unión. No puede reemplazar la voluntad política que falta dentro de cada Estado ni proporcionar legitimidad retrospectiva a decisiones adoptadas por conveniencia parlamentaria.

Se puede tener poca fe en algunas de sus resoluciones y mantener, al mismo tiempo, una enorme esperanza en el proyecto europeo. Creer en Europa no obliga a convertir cada pronunciamiento de sus tribunales en una verdad política indiscutible. Tampoco permite esperar que sean sus jueces quienes defiendan por nosotros aquello que nuestras instituciones han renunciado a defender.

Pedro Sánchez obtuvo hace tiempo el resultado para el que la amnistía fue concebida: conservar la Presidencia del Gobierno. El proceso judicial posterior podrá delimitar su alcance, excluir determinados hechos, facilitar el regreso de algunos dirigentes o mantener las responsabilidades de otros. Pero ninguna de esas decisiones alterará el origen de la ley ni transformará la necesidad de una investidura en una razón de Estado.

La amnistía podrá superar recursos, cuestiones prejudiciales y futuras resoluciones. Lo que no podrá superar es el juicio histórico sobre una democracia que modificó su arquitectura jurídica para satisfacer una exigencia de poder y pidió después a Europa que llamara reconciliación a lo que había comenzado como una condición para gobernar. Luxemburgo puede decidir hasta dónde llega el Derecho de la Unión. La dignidad de las instituciones españolas, en cambio, sigue dependiendo exclusivamente de España.

El día que el enchufismo dejó de ser solo inmoral

La condena por el caso de David Sánchez trasciende los nombres propios. Si la sentencia no se modifica en instancias superiores, marcará un antes y un después: utilizar una Administración pública para «colocar» a una persona deja de ser únicamente una práctica censurable para convertirse también en una conducta con reproche penal.
FUENTE: EFE

España lleva demasiado tiempo conviviendo con una resignación peligrosa. Cada vez que aparecía un caso de enchufismo, la reacción era casi automática. Se criticaba el comportamiento, se denunciaba el favoritismo, se hablaba de ética pública y, unas semanas después, la conversación desaparecía hasta el siguiente escándalo. Como si el clientelismo fuera una enfermedad crónica de nuestra democracia frente a la que sólo cupiera la indignación periódica.

La sentencia conocida esta semana sobre David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, introduce un elemento nuevo. No porque el condenado sea un familiar directo de Pedro Sánchez, ni porque las penas impuestas incluyan prisión, ya que no es el caso. Lo verdaderamente relevante es el mensaje jurídico que proyecta: cuando una Administración crea o utiliza una plaza pública para favorecer arbitrariamente a una persona determinada, el problema puede dejar de ser exclusivamente político para entrar en el ámbito del Derecho penal. La Audiencia Provincial de Badajoz le ha impuesto una pena de nueve años de inhabilitación por prevaricación administrativa, una resolución que todavía no es firme y que será recurrida.

Naturalmente, serán las instancias superiores quienes tengan la última palabra. Así funciona un Estado de Derecho. Pero incluso antes de que exista una sentencia firme, el caso obliga a plantear una reflexión que trasciende por completo este procedimiento. Porque el verdadero protagonista de esta historia no es David Sánchez, sino una forma de ejercer el poder que durante demasiado tiempo ha parecido formar parte del paisaje institucional español.

Una cultura demasiado tolerada

España nunca ha necesitado inventar el clientelismo. Lo ha perfeccionado durante décadas. Han cambiado los gobiernos, las mayorías parlamentarias y el color político de ayuntamientos, diputaciones o comunidades autónomas, pero determinadas prácticas han sobrevivido con una capacidad de adaptación extraordinaria. Plazas diseñadas para un candidato concreto, empresas públicas convertidas en refugios de afines, nombramientos donde el mérito parecía una formalidad y la proximidad política una garantía, convocatorias que nacían con nombre y apellidos antes incluso de publicarse.

No siempre era fácil demostrar que existía un delito. Muchas veces tampoco resultaba sencillo acreditar una arbitrariedad con relevancia penal. Pero eso no impedía que la percepción ciudadana fuera devastadora: demasiadas administraciones parecían funcionar como una prolongación del partido que gobernaba en lugar de actuar como instituciones al servicio de todos. Ésa ha sido una de las formas más persistentes de deterioro institucional de la democracia española.

Porque no hace falta desviar dinero público para debilitar un Estado. Basta con instalar la sospecha de que acceder a un empleo público depende menos del mérito y la capacidad que de los contactos adecuados.

La Administración no pertenece al Gobierno

Quizá el mayor daño del enchufismo ni siquiera sea económico. Es institucional. Cada vez que una plaza pública deja de responder a criterios objetivos, el Estado pierde una parte de su legitimidad y los ciudadanos dejan de competir en igualdad de condiciones. Poco a poco se abre paso la idea de que las reglas sólo funcionan para quienes no tienen padrinos y que el esfuerzo vale menos que la cercanía al poder.

Cuando eso ocurre, la Administración deja de percibirse como una estructura al servicio del interés general para convertirse en un instrumento de distribución de favores. Y ahí desaparece uno de los principios esenciales de cualquier democracia liberal: la separación entre partido y Estado. Los gobiernos administran temporalmente las instituciones; no son sus propietarios. Los recursos públicos no existen para premiar fidelidades personales ni para resolver compromisos políticos, sino para servir a los ciudadanos con criterios de objetividad, mérito y capacidad.

Por eso el enchufismo nunca ha sido una simple incorrección ética. Es una forma silenciosa de colonizar las instituciones.

Mucho más que un apellido

Habrá quien reduzca toda esta discusión al parentesco con el presidente del Gobierno. Sería un error. Precisamente porque el apellido convierte el caso de David Sánchez en noticia, conviene no perder de vista lo importante. Si mañana la sentencia queda confirmada, el precedente afectará a cualquier administración gobernada por cualquier partido. No será un problema exclusivo del PSOE, sino un aviso para cualquier responsable público que crea que puede utilizar la estructura administrativa para beneficiar discrecionalmente a personas de su entorno.

Ésa es la verdadera dimensión institucional del caso. La Justicia no estaría censurando una determinada ideología, sino una determinada manera de entender el ejercicio del poder. Y esa diferencia resulta decisiva porque transforma una práctica que durante años se consideró simplemente reprobable en una conducta susceptible de tener consecuencias penales.

El principio que estaba en juego

Durante demasiado tiempo el enchufismo se ha tratado como una patología inevitable de la política española. Algo censurable, sí, pero casi consustancial al ejercicio del poder. Generaba escándalo, ocupaba titulares durante unos días y terminaba diluyéndose en la sensación de que «siempre ha sido así». Esa resignación es probablemente uno de los mayores fracasos de nuestra cultura institucional.

Si esta resolución termina consolidándose en las instancias superiores, ese paradigma empezará a cambiar. No porque desaparezca el clientelismo de la noche a la mañana, sino porque quienes utilicen la Administración como una agencia de colocación política sabrán que el reproche ya no será únicamente mediático o electoral. También podrá ser penal.

Ésa es la verdadera trascendencia de esta sentencia. No la suerte procesal de David Sánchez, ni el desgaste político del Gobierno, sino el mensaje que proyecta sobre el funcionamiento del Estado. El mérito y la capacidad no son una recomendación constitucional ni una declaración de buenas intenciones. Son el fundamento sobre el que descansa la credibilidad de toda la Administración. Cuando ese principio se vulnera deliberadamente, no se deteriora únicamente una convocatoria pública. Se deteriora la confianza de los ciudadanos en las instituciones.

Y ésa es una factura que una democracia nunca debería acostumbrarse a pagar.

Cuando tiembla la tierra, también se derrumban las mentiras

El terremoto que ha devastado Venezuela no sólo ha dejado miles de víctimas y decenas de miles de edificios destruidos. También ha vuelto a demostrar que las catástrofes naturales no entienden de ideologías, pero sus consecuencias sí dependen de la calidad de las instituciones.
FUENTE: EFE

La tierra tiembla igual bajo una democracia que bajo una dictadura. Las placas tectónicas no distinguen entre elecciones libres y regímenes autoritarios. La naturaleza es indiferente a la política. Lo que nunca es indiferente es la respuesta de un Estado.

Las primeras estimaciones realizadas a partir de imágenes satelitales de la NASA apuntan a que cerca de 59.000 edificios podrían haber resultado dañados o destruidos por los terremotos que sacudieron Venezuela el pasado 24 de junio, una cifra muy superior a la reconocida oficialmente por las autoridades. Los hospitales han colapsado, decenas de miles de personas permanecen desaparecidas y Naciones Unidas advierte de una crisis humanitaria de enormes dimensiones. Pero el terremoto no explica por sí solo semejante devastación.

Las dictaduras no provocan los terremotos. Agravan sus consecuencias.

Existe una tentación recurrente cuando ocurre una catástrofe natural: asumir que todo forma parte de un infortunio inevitable. Es una forma cómoda de absolver a quienes llevaban años gobernando antes de que la tierra empezara a moverse. Sin embargo, los edificios no se derrumban únicamente por la fuerza del seísmo.

También se derrumban por décadas de corrupción, de controles técnicos inexistentes, de mantenimiento abandonado, de urbanismo sometido al poder político y de instituciones incapaces de hacer cumplir las normas que ellas mismas aprueban.

Las investigaciones preliminares de ingenieros y expertos apuntan precisamente a esa combinación de factores: construcciones antiguas, edificaciones de baja calidad, incumplimiento o escasa aplicación de normas antisísmicas y años de deterioro estructural agravados por la crisis económica. Incluso edificios relativamente recientes han sufrido colapsos que ahora deberán investigarse. No es una casualidad, es el resultado de un modelo político.

El legado del chavismo también está entre los escombros

Durante más de dos décadas, el chavismo convirtió la obra pública en uno de sus principales instrumentos de propaganda. Se prometieron millones de viviendas, se anunciaron planes faraónicos y se presentó al Estado como constructor de un nuevo país.

Pero las dictaduras confunden con demasiada frecuencia inaugurar con mantener, construir con conservar, propaganda con gestión…

Mientras el aparato del régimen concentraba recursos en perpetuarse, Venezuela veía deteriorarse carreteras, hospitales, redes eléctricas, servicios públicos y buena parte de sus infraestructuras básicas. La corrupción dejó de ser una excepción para convertirse en una forma de gobierno. El mérito fue sustituido por la lealtad política. Los organismos técnicos perdieron independencia y la capacidad del Estado para supervisar, inspeccionar y prevenir se fue erosionando año tras año.

Ese deterioro no ocupa titulares mientras no ocurre nada extraordinario, hasta que ocurre, y es entonces cuando aparece la factura acumulada de décadas.

El desastre también revela el estado del régimen

Las imágenes llegadas desde La Guaira son tan elocuentes como devastadoras. Voluntarios excavando entre los escombros mientras la maquinaria pesada tarda días en llegar. Hospitales improvisados en edificios privados ante el colapso sanitario. Familias buscando a sus desaparecidos sin apenas información oficial. Equipos internacionales denunciando la falta de coordinación y ciudadanos acusando al Estado de haber desaparecido precisamente cuando más se le necesitaba.

Las dictaduras suelen presumir de eficacia hasta que llega una crisis real. Ahí descubren que los años dedicados a controlar a la sociedad fueron años que dejaron de dedicarse a fortalecer las instituciones. Porque un Estado preparado no se improvisa después de un terremoto, se construye durante décadas.

No basta con culpar a la naturaleza

Habrá quien intente presentar esta tragedia como un simple accidente geológico. Y sería cierto… sólo a medias.

El terremoto era inevitable. Que un país llegue a una catástrofe con hospitales colapsados, infraestructuras deterioradas, administraciones debilitadas y una capacidad de respuesta cuestionada no lo era.

Ésa sí es una responsabilidad política.

Y conviene recordarlo porque todavía hoy existen demasiados dirigentes en Occidente que siguen presentando al chavismo como una experiencia fallida por culpa de las sanciones, de la coyuntura internacional o de la mala suerte. No.

El terremoto ha recordado algo mucho más incómodo: Las dictaduras rara vez crean prosperidad; lo que terminan construyendo es fragilidad. Y cuando la naturaleza pone a prueba un país, esa fragilidad acaba costando vidas.

Dudas razonables que plantea la Ley de Nietos

La ampliación masiva de la nacionalidad española, el colapso de los consulados y la posible intervención de la Justicia europea en materia migratoria obligan a hacerse una pregunta: ¿está el Gobierno utilizando la nacionalidad y la inmigración como herramientas de estrategia política sin medir sus consecuencias institucionales?
FUENTE: EFE

Hay decisiones que transforman un país durante generaciones. No porque cambien un impuesto o modifiquen una prestación, sino porque alteran algo mucho más profundo: quién forma parte de la comunidad política. Quién pertenece al demos. Quién vota. Quién decide. Quién participa en el futuro colectivo de una nación.

La Ley de Memoria Democrática, a través de una disposición que se ha hecho conocida como ‘ley de nietos’, ha abierto la puerta a que cientos de miles de descendientes de españoles adquieran la nacionalidad. Al mismo tiempo, el Gobierno ha impulsado la mayor regularización extraordinaria de inmigrantes en situación irregular de las últimas décadas. Son medidas distintas, con fundamentos jurídicos diferentes y destinatarios completamente distintos. Pero ambas comparten un elemento esencial: amplían de forma muy significativa el cuerpo político del Estado.

Y esa circunstancia, por sí sola, merecería un debate nacional de enorme calado. Sin embargo, no lo ha habido. Como tantas otras decisiones trascendentales de esta legislatura, se ha preferido envolverlas en un relato moral donde cualquier crítica queda automáticamente reducida a una supuesta hostilidad hacia los emigrantes, los descendientes de españoles o los inmigrantes. Así resulta imposible discutir sobre instituciones, porque todo acaba convertido en un juicio de intenciones. Sin embargo, las democracias maduras no desconfían del debate, desconfían de quienes pretenden evitarlo.

Mucho más que conceder la nacionalidad

La primera cuestión que conviene despejar es una caricatura interesada. Nadie discute que España tenga una deuda histórica con parte de su emigración. Tampoco que muchos descendientes de españoles mantengan un vínculo familiar, cultural e incluso sentimental perfectamente legítimo con nuestro país.

La cuestión no es ésa. La cuestión es si una ampliación potencial del cuerpo electoral equivalente a la población de una comunidad autónoma puede aprobarse sin una reflexión institucional sobre sus efectos políticos, administrativos y constitucionales.

Porque adquirir la nacionalidad española no significa únicamente obtener un pasaporte europeo. Significa incorporarse plenamente al sujeto político que decide el rumbo del Estado. Significa votar en elecciones generales, europeas y, en determinados supuestos, autonómicas. Significa participar en decisiones sobre impuestos, pensiones, gasto público o reformas constitucionales.

No parece una cuestión menor y, sin embargo, el debate público ha sido sorprendentemente superficial.

El incentivo que nadie quiere discutir

Aquí aparece probablemente la cuestión central. No porque exista prueba alguna de que quienes obtengan la nacionalidad vayan a votar a un partido concreto. Sería una afirmación imposible de sostener, pero la política nunca legisla en el vacío.

Todo Gobierno conoce perfectamente las consecuencias políticas de ampliar el cuerpo electoral, igual que conoce las implicaciones de una reforma fiscal o de una modificación del sistema electoral. Negar esa evidencia sería ingenuo.

Precisamente por eso sorprende que una decisión de semejante magnitud haya sido presentada casi exclusivamente como un acto de reparación histórica, evitando cualquier discusión sobre sus efectos institucionales.

Las democracias no sólo deben ser imparciales, también deben parecerlo. Y cuando un Gobierno impulsa simultáneamente políticas que amplían el número potencial de futuros electores mientras atraviesa una de las mayores crisis de apoyo parlamentario de su historia, resulta perfectamente legítimo plantear preguntas. No acusaciones. Preguntas.

La transparencia no consiste únicamente en cumplir la ley. Consiste también en explicar por qué determinadas decisiones se adoptan en un determinado momento político.

El Estado que no estaba preparado

Existe además una consecuencia mucho más tangible. Los consulados españoles llevan meses completamente desbordados por el volumen de expedientes derivados de la Ley de Nietos. La Administración exterior acumula retrasos, listas de espera y una presión creciente que está desplazando recursos destinados a otras funciones esenciales.

No se trata simplemente de un problema burocrático. Es el síntoma de un modo de gobernar que se ha convertido en costumbre: primero se anuncia una medida de enorme impacto político. Después se improvisa la estructura necesaria para aplicarla. Más tarde llegan los refuerzos extraordinarios, las contrataciones temporales y las soluciones de urgencia.

Ya ocurrió con los fondos europeos, con el Ingreso Mínimo Vital, con buena parte de la política de vivienda… Ahora sucede también con la red consular.

Cada vez que la Administración pierde capacidad para absorber el volumen de trabajo aparecen riesgos evidentes para la seguridad jurídica, la calidad de los procedimientos y la confianza de los ciudadanos.

Europa empieza a mirar

Mientras tanto, otro frente empieza a abrirse en Luxemburgo. El Tribunal Supremo está valorando plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la compatibilidad de la regularización extraordinaria de inmigrantes con el Derecho comunitario. No supone que la medida sea ilegal ni tampoco anticipa cuál será el criterio del tribunal europeo.

Pero revela algo mucho más importante.

Los propios órganos jurisdiccionales españoles consideran que existen dudas jurídicas suficientemente relevantes como para consultar a la máxima instancia judicial de la Unión, y eso debería invitar a cierta prudencia.

Porque tanto la política migratoria como las normas sobre nacionalidad ya no pertenecen exclusivamente al ámbito interno de los Estados. Forman parte de un espacio jurídico europeo donde las decisiones nacionales producen efectos que trascienden las fronteras.

Gobernar también exige medir las consecuencias

Quizá el verdadero problema no sea la Ley de Nietos, ni siquiera la regularización extraordinaria. El problema es una forma de ejercer el poder que parece convencida de que cualquier decisión políticamente conveniente acaba encontrando después la forma de encajar administrativamente, constitucionalmente o incluso en el Derecho europeo.

Primero se anuncia, después se ejecuta, y sólo más tarde llegan las preguntas.

Pero hay decisiones que no admiten esa lógica. Porque modificar quién pertenece a la comunidad política de un país no es una política pública más. Es una de las decisiones más profundas que puede adoptar un Estado democrático.

Precisamente por eso merece algo más que un decreto, una campaña de comunicación o un debate reducido a consignas, merece explicaciones. Y, sobre todo, merece responder a todas las dudas razonables antes de pedir a los ciudadanos que simplemente confíen.

Un Congreso sin voz (ni voto)

El veto de la Mesa a una iniciativa impulsada por el PP y respaldada por Junts para reclamar elecciones anticipadas vuelve a plantear una pregunta incómoda: ¿dónde termina la voz parlamentaria y dónde empieza la protección política del Gobierno?
FUENTE: EFE

La noticia parece menor. Apenas una discusión procedimental más en una legislatura que lleva meses instalada en la excepcionalidad. Una enmienda rechazada. Una votación que no llegará a celebrarse. Un nuevo choque entre Gobierno y oposición; nada especialmente novedoso.

Y sin embargo, precisamente ahí reside el problema.

Porque lo relevante no es que el Congreso no vaya a votar si Pedro Sánchez debe convocar elecciones anticipadas. Lo relevante es que cada vez resulta más difícil distinguir si determinadas decisiones parlamentarias responden a criterios institucionales o a necesidades políticas del Ejecutivo.

La iniciativa nacía de una moción registrada por el Partido Popular sobre la situación política del Gobierno. Sobre ella, Junts presentó una enmienda para que el Congreso instara a Sánchez a disolver las Cortes y convocar elecciones. Posteriormente, el propio PP registró otra enmienda prácticamente idéntica. Ambas fueron inadmitidas por la Mesa gracias a la mayoría de PSOE y Sumar.

La justificación oficial es conocida. La convocatoria de elecciones constituye una prerrogativa exclusiva del presidente del Gobierno y ninguna cámara parlamentaria puede sustituirle en esa decisión. Jurídicamente, el argumento tiene fundamento. Nadie discute que la facultad de disolver las Cortes corresponde al jefe del Ejecutivo, pero tampoco era eso lo que planteaba la iniciativa.

Y ése es precisamente el detalle que convierte este episodio en algo más interesante de lo que parece.

Una votación sin efectos jurídicos

La enmienda de Junts estaba redactada precisamente para intentar sortear esa objeción. El texto reconocía expresamente que la convocatoria electoral seguía siendo competencia exclusiva del presidente y subrayaba el carácter político y no vinculante de la iniciativa. Lo que pretendía era que el Congreso se pronunciara. Nada más y nada menos.

Naturalmente, una votación así no habría obligado a Sánchez a hacer absolutamente nada. Las elecciones seguirían dependiendo exclusivamente de su voluntad y, por tanto, la legislatura seguiría viva.

La Constitución seguiría intacta.

Pero habría producido algo que en estos momentos parece más temido que una derrota parlamentaria: una fotografía política.

Porque la imagen de una parte de la mayoría de investidura apoyando una petición de elecciones habría sido devastadora para el relato de estabilidad que La Moncloa intenta sostener desde hace meses.

Y es ahí donde aparece la duda razonable; no sobre la constitucionalidad de la iniciativa, sino sobre las razones reales que explican su bloqueo.

La transformación silenciosa de la Mesa

Durante décadas la Mesa del Congreso fue un órgano esencialmente administrativo: ordenaba debates, calificaba escritos y garantizaba el funcionamiento de la Cámara. Sus decisiones podían generar controversias puntuales, pero rara vez ocupaban el centro de la discusión política. Eso ha cambiado.

La actual legislatura ha convertido a la Mesa en uno de los actores más relevantes del sistema institucional. No porque sus competencias hayan aumentado, sino porque su capacidad para condicionar el ritmo parlamentario se ha vuelto decisiva.

Ampliaciones sucesivas de plazos, iniciativas paralizadas durante meses, leyes retenidas en trámites previos, conflictos con textos procedentes del Senado y recursos que han terminado llegando al Tribunal Constitucional han ido construyendo una sensación cada vez más extendida: la de que la Mesa ya no se limita a ordenar el debate político, sino que empieza a influir sobre su propia existencia.

El problema no es jurídico. Es institucional.

Porque una democracia parlamentaria funciona sobre una premisa muy sencilla. Las mayorías sirven para ganar votaciones. Cuando empiezan a utilizarse para impedir que ciertas votaciones lleguen siquiera a celebrarse, la discusión cambia de naturaleza.

Ya no trata sobre quién tiene más apoyo, trata sobre quién decide qué puede discutirse.

La paradoja de la mayoría

Lo más llamativo de todo es que el Gobierno probablemente habría sobrevivido sin demasiados problemas a esa votación.

Sánchez ya ha repetido en numerosas ocasiones que piensa agotar la legislatura hasta 2027. La iniciativa carecía de efectos vinculantes. Incluso aunque hubiera prosperado, nada habría cambiado desde el punto de vista institucional.

Precisamente por eso el veto resulta tan significativo. Porque transmite la sensación de que el Ejecutivo ya no se conforma con ganar las votaciones importantes. Necesita evitar también aquellas cuyo único efecto sería evidenciar su creciente debilidad parlamentaria.

Eso revela contradicciones difíciles de ignorar: un Gobierno convencido de su fortaleza no suele temer debates simbólicos; un Gobierno convencido de su mayoría no necesita impedir determinadas fotografías; y un Gobierno seguro de sí mismo deja que las votaciones se celebren y después las gana.

El precedente

Quizá dentro de unos meses nadie recuerde esta iniciativa. Probablemente no alterará el rumbo de la legislatura. Tampoco decidirá unas elecciones.

Pero sí encaja en una tendencia más amplia; la de unas instituciones que progresivamente parecen orientadas a proteger la continuidad del Gobierno antes que a garantizar el pleno funcionamiento de los mecanismos de control parlamentario.

La degradación institucional rara vez comienza con grandes rupturas constitucionales. Lo habitual es algo mucho más discreto, las normas siguen existiendo, los procedimientos permanecen intactos, las formas se respetan… Lo único que cambia es el propósito con el que se utilizan.

Esa es la sospecha que empieza a extenderse sobre la Mesa del Congreso, o que esté vulnerando abiertamente la ley. Algo potencialmente más preocupante para un sistema parlamentario: que esté dejando de parecer neutral.

Porque cuando el Parlamento pierde incluso la capacidad de pronunciarse sobre la continuidad de una legislatura, la cuestión ya no es si habrá elecciones antes o después.

La cuestión es qué papel le queda al Congreso cuando el Gobierno empieza a sentirse más cómodo administrando los debates que afrontándolos.

¿Quién controla la puerta de entrada?

La macroconvocatoria de jueces y fiscales reabre un debate que va mucho más allá de las oposiciones. El problema no es una figura jurídica que existe desde hace décadas. El problema es la creciente desconfianza sobre quién decide, cómo decide y para qué decide en un momento de deterioro institucional evidente.
FUENTE: EFE

El Gobierno presentó esta semana la mayor convocatoria de jueces y fiscales de la historia: 700 plazas en total, de las cuales 575 corresponden al acceso tradicional por oposición y 125 al denominado cuarto turno para juristas con más de diez años de ejercicio profesional.

La reacción fue inmediata. En redes sociales, medios jurídicos y asociaciones profesionales volvió a aparecer una palabra que lleva meses instalada en el debate sobre la Justicia española: control.

Y aquí conviene empezar por una precisión importante. Porque una parte de la discusión pública está siendo deliberadamente simplificada.

El cuarto turno no es una invención reciente. No nace con Félix Bolaños. No aparece ahora para beneficiar a nadie en concreto. Está previsto desde hace décadas en la Ley Orgánica del Poder Judicial y responde a una lógica perfectamente razonable: permitir el acceso a la magistratura de abogados, profesores universitarios, letrados o juristas de reconocida trayectoria profesional que puedan aportar experiencia acumulada fuera de la carrera judicial ordinaria.

La existencia del mecanismo no es el problema, la pregunta relevante es otra: ¿Por qué una figura jurídica perfectamente normal genera hoy semejante nivel de sospecha?

La confianza es el verdadero asunto

La respuesta tiene poco que ver con las oposiciones y mucho con el contexto político.

Las instituciones no funcionan únicamente por lo que dicen las leyes. Funcionan también por la confianza que generan quienes las aplican. Y en España esa confianza lleva años deteriorándose.

El ciudadano medio observa cómo el Tribunal Constitucional corrige o avala decisiones de enorme trascendencia política con mayorías cada vez más previsibles. Observa cómo la renovación de los órganos judiciales se convierte en negociación partidista. Observa cómo ministros, diputados y dirigentes políticos cuestionan públicamente resoluciones judiciales cuando les resultan incómodas. Incluso la presidenta del Tribunal Supremo y del CGPJ, Isabel Perelló, ha advertido recientemente sobre presiones incompatibles con un Estado de Derecho.

En ese clima, cualquier modificación relacionada con el acceso a la judicatura deja de analizarse técnicamente y empieza a interpretarse políticamente.

No porque necesariamente exista una operación de control, sino porque una parte creciente de la sociedad considera plausible que pudiera existir. Y cuando una democracia alcanza ese punto, el problema ya no es jurídico. Es institucional.

El precedente europeo que nadie debería ignorar

La experiencia comparada ofrece una lección bastante clara: los procesos de deterioro institucional rara vez comienzan con ataques frontales a la independencia judicial. Normalmente llegan revestidos de modernización, eficiencia, democratización o necesidad de adaptación.

Ocurrió en Hungría. Ocurrió en Turquía. Ocurrió en Venezuela. Siempre con matices distintos y en contextos diferentes, pero siguiendo un patrón parecido: modificar gradualmente los mecanismos de selección, promoción o supervisión de jueces hasta generar una dependencia creciente respecto del poder político.

España está infinitamente lejos de esos escenarios, pero precisamente por eso conviene hablar de ellos antes de llegar. Las democracias sólidas no esperan a que aparezca el problema para proteger sus contrapesos. Lo hacen cuando todavía funcionan.

El error de los dos relatos

El debate actual se ha instalado en dos caricaturas igualmente inútiles.

La primera sostiene que cualquier modificación impulsada por el Gobierno forma parte de una estrategia deliberada para colonizar la Justicia.

La segunda afirma que toda preocupación sobre la independencia judicial es simple resistencia corporativa o conservadurismo disfrazado.

Ninguna de las dos explicaciones resulta satisfactoria.

La convocatoria publicada esta semana responde también a una necesidad objetiva. España arrastra déficits estructurales de jueces y fiscales, elevados niveles de litigiosidad y problemas de saturación en numerosos órganos judiciales. La ampliación de plantillas es una demanda ampliamente compartida.

Pero reconocer esa necesidad no obliga a ignorar una realidad igualmente evidente: la confianza institucional se ha erosionado de forma significativa durante los últimos años.

Y cuando eso ocurre, las reformas dejan de medirse únicamente por sus intenciones declaradas. Empiezan a medirse por los incentivos que generan y por las garantías que ofrecen frente a posibles abusos futuros.

La cuestión de fondo

Quizá el problema no sea el cuarto turno, quizá tampoco sea esta convocatoria concreta, quizá el problema sea algo mucho más profundo…

Durante años la política española ha normalizado la ocupación partidista de espacios que deberían inspirar neutralidad. Empresas públicas, organismos reguladores, instituciones independientes, medios públicos, fiscalías, tribunales constitucionales o consejos de administración han terminado atrapados en una lógica de bloques donde cada nombramiento se interpreta como una victoria política.

Cuando eso sucede durante demasiado tiempo, la sospecha acaba contaminándolo todo. Incluso aquello que podría tener una justificación perfectamente razonable. Por eso el debate de esta semana no trata realmente sobre oposiciones; trata sobre confianza.

Y la confianza institucional es uno de esos bienes que tardan décadas en construirse y apenas unos años en deteriorarse.

La independencia judicial no desaparece el día que deja de existir. Empieza a desaparecer el día que una parte significativa de los ciudadanos deja de creer en ella. Esa es la frontera que una democracia inteligente nunca debería permitirse cruzar.