Cuando la Constitución se convierte en papel para fumar

El Tribunal que debe garantizar la defensa de la Constitución y la amnistía: del garante al cómplice, del intérprete al legitimador de lo ilegítimo 

FUENTE: IA

Las filtraciones de la ponencia que debe avalar la constitucionalidad de la ley de amnistía no solo han desvelado el sentido del fallo —más que previsible—, sino algo mucho más preocupante: la concepción del poder que subyace en la doctrina que el Tribunal está dispuesto a consagrar. Una doctrina que reescribe, de forma subrepticia pero demoledora, el equilibrio de la Carta Magna, y que convierte el silencio de la Constitución en carta blanca para el ejercicio del poder más puro, más bruto y menos democrático: el poder sin límite. 

La lógica que se esconde tras esa ponencia no es nueva, pero sí alarmantemente explícita. Si la Constitución no prohíbe la amnistía, entonces la amnistía es válida. Bajo ese principio, el Parlamento puede hacer cuanto le plazca, siempre que el texto constitucional no lo prohíba con precisión quirúrgica y en negrita.

Esta lectura revienta de raíz la arquitectura del Estado de Derecho, donde el poder —cualquier poder— está limitado, tasado, subordinado a un marco normativo que no solo enumera prohibiciones, sino que define un perímetro de acción positiva. Cuando se invierte esa lógica, cuando al poder se le permite todo salvo lo que se le veda expresamente, lo que se consagra es una forma de despotismo legalista, formalmente limpio pero sustancialmente arbitrario. 

Y ahí está el giro. Porque lo que debería ser una interpretación restrictiva, garantista, propia de un tribunal que vela por que nadie —ni siquiera el legislador— cruce ciertas líneas, se convierte en una exégesis complaciente, en una plasticidad interpretativa al servicio del momento político. La Constitución, entonces, no es norma; es sugerencia. Un marco maleable donde todo cabe si conviene, si es útil, si resuelve una urgencia parlamentaria o una investidura imposible. 

Esta visión del Derecho es profundamente corrosiva. Porque si el poder puede hacer todo salvo lo que le está expresamente vedado, entonces deja de ser poder limitado para convertirse en poder constituyente. Y un poder constituyente sin contrapesos es, sencillamente, un poder absoluto. No hay diferencia esencial entre eso y la voluntad de una mayoría ocasional decidida a reinterpretar la legalidad según su necesidad más inmediata. Ya no hay fronteras entre lo legal y lo legítimo. Todo es cuestión de votos. Y donde todo es posible, nada está a salvo. 

La ponencia, además, practica un silencio significativo y estratégico sobre el delito más incómodo: la malversación. Se evita, se aparca, se escamotea. Porque ahí es donde chirría el engranaje, donde la máquina jurídica se queda sin aceite.

La sedición ya ha sido amortiguada mediante ingeniería penal. Pero la malversación —el uso espurio de dinero público para financiar un proceso de ruptura institucional— permanece como un escollo que ni los más habilidosos redactores constitucionales pueden suprimir sin sonrojo. Y ante eso, la táctica es clara: no pronunciarse, dejar correr el tiempo, permitir que la amnistía actúe mientras Europa mira y, quizá, reacciona. 

Pero esa omisión no es inocente. Es una decisión política envuelta en el celofán de la neutralidad jurídica. Y es ahí donde más se revela la naturaleza del problema: el Tribunal Constitucional no está ya interpretando, sino blindando. No analiza, sino que construye un relato jurídico para justificar lo que se ha decidido en otro lugar. Se convierte así en notario de lo inevitable, en firmante de una ficción de constitucionalidad que no resiste un examen de fondo mínimamente riguroso. 

Porque aceptar que lo que no está prohibido está permitido equivale a asumir que el poder puede todo lo que la Constitución no haya tenido tiempo o detalle de negar. Y eso significa, sencillamente, acabar con el Estado de Derecho tal como lo hemos entendido hasta ahora. Significa que el Parlamento —si tiene mayoría suficiente— puede amnistiar, indultar, despenalizar, retroceder o arrasar, siempre que no lo contradiga una línea explícita del texto constitucional. Es la victoria del vacío sobre el principio. Y es, sobre todo, la derrota del ciudadano frente al poder. 

Lo que se legitima con esta ponencia no es solo una ley; es una forma de gobernar. Una forma de gobernar sin límites, sin pudor, sin el freno que debería imponer la conciencia jurídica de un tribunal que nació precisamente para eso: para decir “hasta aquí”. Pero no. Aquí se ha dicho: “pasen, no hay frontera”. 

Y cuando no hay frontera, lo que hay es selva. 

1 comentario

  1. A. Javier dice:

    100%
    El TC ya no es útil a la democracia, sino al gobierno de turno. DEBE DESAPARECER.

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